Tipo impositivo reducido en ventas intracomunitarias para pequeños productores
La AEAT comunica a los pequeños productores la posibilidad de disfrutar de un tipo impositivo reducido en ventas intracomunitarias.
La Directiva 92/83/CEE del Consejo, de 19 de octubre de 1992, referente a la armonización de las estructuras de los impuestos especiales sobre el alcohol y bebidas alcohólicas, permite que los Estados miembros de la Unión Europea puedan aplicar tipos impositivos reducidos a las bebidas alcohólicas que se pongan al consumo en su ámbito territorial, siendo requisito para su aplicación que se fabriquen por establecimientos autorizados considerados como pequeños e independientes.
Los requisitos para ser calificado como “pequeño” e “independiente” son los indicados en los artículos 4 (fabricantes de cerveza), 9 bis (fabricantes de vino), 13 bis (fabricantes de bebida fermentada distinta del vino o cerveza), 18 bis (fabricantes de productos intermedios) y 22 (fabricantes de bebida derivada) de la Directiva 92/83/CEE, a saber:
- Ser independientes, económica y jurídicamente de cualquier otro productor de bebidas alcohólicas.
- Utilizar instalaciones físicamente separadas de otro productor. Este requisito no es de aplicación en el caso de pequeñas destilerías independientes.
- No producir bajo licencia. Se produce bajo licencia cuando la producción de bebidas es dependiente de un tercero, como sucede cuando se concede la explotación de una patente, marca o proceso de producción.
- Tener una producción media anual inferior a los 1.000 hectolitros. Para cumplir este requisito se tiene en cuenta la producción del año anterior y, en el caso de empresas de nueva creación se refiere a la producción anual estimada.
La acreditación del cumplimento de los requisitos citados anteriormente se realiza mediante la cumplimentación de las casillas 17 l y 17 n del documento administrativo electrónico que ampara la circulación intracomunitaria o mediante la cumplimentación de la casilla 14 cuando la circulación intracomunitaria este amparada por un documento simplificado de acompañamiento.
Los tipos reducidos que aplica cada uno de los estados miembro se pueden consultar en la siguiente dirección: https://ec.europa.eu/taxation_customs/tedb/taxSearch.html